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En cumplimiento a lo previsto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (en lo sucesivo «Ley»), nos permitimos informarle lo siguiente:
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD PRIVADA, A.C., (en lo sucesivo el «CNSP»), señalando para efectos del presente Aviso de Privacidad el domicilio ubicado en Mariano Escobedo No. 353-B Interior 2B, Colonia Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P. 11590, serán responsables en lo individual del tratamiento de los datos personales que les sean proporcionados por las personas físicas(en lo sucesivo “ Titular”) a quienes correspondan los datos personales de acuerdo a la Sociedad Mercantil a la cual dichos datos personales hayan sido comunicados.
CNSP en virtud de sus actividades interactúa y ha interactuado con diversas personas físicas, quienes son los Titulares de los Datos Personales (en lo sucesivo “Datos”) que en algún momento se recabaron de candidatos, empleados, personal por honorarios, practicantes; así como de proveedores, asociados, clientes u otras personas físicas; por lo que CNSP hace de su conocimiento que el tratamiento que se brinda a esos Datos, es con motivo de procesos institucionales relacionados con sus operaciones tales como investigación, evaluación, selección, concurso, contratación de bienes y/o servicios y/o empleados, localización, determinación de remuneraciones o contraprestaciones, etc., entre otros. Los Datos pueden incluir información personal de carácter sensible, cuyo tratamiento se autoriza a favor de CNSP al aceptar el presente aviso de privacidad. El tratamiento de los Datos que se han puesto a disposición de CNSP bajo cualquier forma o circunstancia, podrá ser efectuado de conformidad con los presentes términos y condiciones, por lo que desde este momento se entiende, que el Titular otorga su consentimiento para dicho tratamiento, salvo que exista una comunicación por escrito notificada fehacientemente a CNSP por el Titular como posteriormente se señala.
Los Datos en todo momento serán tratados con apego a los principios y requisitos contenidos en la Ley.
CNSP es el responsable de la recolección, resguardo y tratamiento de los Datos. Usted podrá en todo momento ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición (total, parcial, limitaciones de uso, divulgación o transferencia) de sus Datos mediante solicitud formulada escrita dirigida a CNSP, Protección de Datos Personales, notificada en el siguiente domicilio: Mariano Escobedo No. 353-B Interior 2B, Colonia Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P. 11590, en días y horas hábiles, en este caso, dependiendo de su petición o del derecho que pretenda ejercitar se le podrá solicitar que realice su petición mediante escrito notificado en el domicilio antes señalado. Toda solicitud de ejercicio de los derechos descritos deberá cumplir los requisitos contenidos en la Ley y será resuelta en los plazos y bajo los términos que la Ley señale.
CNSP mantendrá los mecanismos de protección adecuados, y que se adhieran a las normas de la industria, para garantizar la seguridad, integridad y privacidad de los Datos.
Una vez ejercido cualquier derecho por parte del Titular, CNSP efectuará el tratamiento de los datos personales, sujetándose a las disposiciones de la Ley y/o las autorizadas por el propio Titular, o bien, procederá a su rectificación o cancelación, según sea el caso en términos legales.
CNSP podrá ceder y/o transferir los Datos en los términos autorizados por la Ley, tanto a personas físicas como morales, nacionales o extranjeras. Si Usted como Titular firma este aviso o no ejerce un derecho de oposición conforme a lo previsto en el presente aviso de privacidad, se entenderá para todos los efectos legales correspondientes que Usted como Titular autoriza, de ser necesario, a criterio de CNSP, la cesión y/o transmisión de sus Datos. Los receptores de tales Datos quedarán sujetos a lo establecido en el presente aviso de privacidad. En términos de lo anterior, es posible que CNSP requiera transferir los Datos a terceras partes con las cuales mantiene relaciones, únicamente para que realicen, a nombre de CNSP, tareas relacionadas con sus operaciones, tales como investigación, evaluación, selección, concurso, contratación de bienes y/o servicios y/o empleados. Estas terceras partes únicamente recibirán los Datos como parte de la prestación de tales servicios, como parte del alcance y/o como información necesaria para el perfeccionamiento de las relaciones acordadas con CNSP, y se apegarán al contenido de este aviso de privacidad y a la Ley. CNSP seleccionará únicamente a terceros que se comprometan formalmente a instaurar las medidas de seguridad necesarias para garantizar el nivel adecuado de privacidad de los Datos. CNSP será responsable de notificar a los terceros el contenido de este aviso, así como cualquier modificación o cancelación de Datos en virtud del ejercicio de sus derechos.
La firma del presente aviso representa su consentimiento al tratamiento de sus Datos por CNSP en los términos aquí contenidos.
Asumimos como propias las obligaciones a que se refiere el presente Aviso, con relación al buen uso de los datos personales y los datos personales sensibles que lleguemos a conocer con motivo de nuestra relación con dicha(s) empresa (s), los cuales consideraremos información confidencial que no podrá ser reproducida ni transmitida a ningún tercero sin el previo consentimiento de CNSP dado por escrito.
DE CONFORMIDAD:
_____________________________________
NOMBRE:
APODERADO DE:
LUGAR Y FECHA:
(*) En caso de personas fiscas dejar en blanco y/o marcar N/A.
Mariano Escobedo 353-B, Interior 2B, Colonia Polanco V Sección, C.P. 11590, Alcaldía Miguel Hidalgo
5526253534
gerencia@cnsp.com.mx
CNSP 2024. Todos los derechos reservados
En la Confederación de Cámaras Nacionales, de Comercio, Servicios y Turismo detentamos la Vicepresidencia de Seguridad Privada, jugando un rol fundamental en los proyectos de la materia dentro del sector empresarial, los cuales buscan un beneficio común para la sociedad.
El CNSP es Asociado del Consejo de la Comunicación y a través de esta alianza estratégica se busca fomentar, fortalecer y desarrollar campañas mediáticas que permitan una mayor conciencia en el tema de la seguridad, con un enfoque social.
La alianza con COPARMEX-CDMX, nos permite impulsar la competitividad, buscando un estado democrático, en el cual se combata la corrupción e impunidad en un marco de inclusión, donde sean escuchadas las voces de los empresarios de la seguridad.
Con gran orgullo, responsabilidad y compromiso me ha tocado presidir el Consejo Nacional de Seguridad Privada A.C.
El consejo es la primera asociación civil fundada en el año de 1996 por el Lic. Alejandro Desfassiaux S., a lo largo de estos años ha marcado la pauta dentro del sector empresarial, representado y agrupando a empresas de calidad en materia de seguridad privada, en más de dos décadas se ha logrado posicionar a través de la invaluable experiencia de su presidente fundador y la de todos sus presidentes hasta el día de hoy, teniendo como resultado una gran reputación a nivel nacional, siempre actuando de manera responsable y en colaboración con todas y todos los profesionales de este sector empresarial.
CNSP de la mano de sus consejeros y asociados coadyuvaron de manera sumamente activa en la creación de la primera ley federal “La Ley Federal de Seguridad Privada”, la cual se emitió en el año 2006, creando un marco legal, cuya principal misión fue dotar de certeza jurídica a este importante sector como lo es la seguridad privada, el cual ha permitido generar y contribuir al desarrollo económico de nuestro país.
Uno de los grandes retos por parte del Consejo Nacional de Seguridad Privada es seguir dotando de certeza jurídica, no solo a sus consejeros y afiliados, si no a todo el sector de la seguridad privada.
Cabe destacar el arduo trabajo que hemos realizado entre diversas asociaciones y empresarios coadyuvando con autoridades, legisladores, confederaciones, por lo que hoy en día seguiremos haciendo historia, logrando ver materializada la expedición del nuevo cuerpo normativo denominado “Ley General de Seguridad Privada”, que dote de beneficios para nuestro país, la sociedad y a nuestro sector.
Por último, estoy convencido de que es nuestro deber como mexicanos el apoyar a nuestro ejecutivo federal, con acciones que conlleven a la generación de empleos formales, cumpliendo con el marco legal de nuestro sector y de todas y cada una de las leyes que rigen y buscan el buen estado de derecho de nuestro país, buscando así erradicar la corrupción por el bien de México.
Lic. Raúl Sapién Santos
Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Privada, A.C.
Consejo Nacional de Seguridad Privada, S.C.
Consejo Nacional de Seguridad Privada, S.C.
El Consejo Nacional de Seguridad Privada, S.C. (en lo sucesivo CNSP) tiene el compromiso con sus consejeros y afiliados de posicionarse como la asociación de seguridad privada de mayor fuerza empresarial, política y social a nivel nacional, por tal motivo, ha marcado como su misión principal el trabajar de manera ardua y persistente para configurarse como un órgano de excelencia en materia de representación, formación y consulta de empresas de seguridad privada que proveen productos y servicios con alto nivel de calidad, profesionalismo y preparación.
Esta misión ha marcado su evolución, pues al día hoy se ha logrado una clara presencia a nivel nacional, así como una identificación y reconocimiento en diversos ámbitos y sectores tanto públicos como privados, con el objeto de enaltecer a este sector empresarial con la participación activa de sus consejeros y afiliados que no son otra cosa que empresas de calidad dispuestas a colaborar bajo los mismos fines, principios y valores, buscando de manera responsable y comprometida una constante evolución en el sector de la seguridad privada.
Nuestra filosofía describe los valores que compartimos y el modo en que pretendemos colaborar; tanto hoy, como en el futuro. Nos ofrece una clara visión del objetivo a alcanzar para garantizar de forma duradera el éxito de nuestra empresa de la mano con las empresas afiliadas.
Sólo juntos podemos alcanzar este objetivo. Para ello son principalmente fundamentales nuestros valores de responsabilidad personal, espíritu abierto y transparencia, así como un comportamiento ético y legal.
El presente código reúne nuestras normas y principios básicos más importantes que, tanto hoy como en el futuro, son imperativos para nosotros. Este código ofrece un marco de orientación y se aplica a todos los consejeros y afiliados por igual.
No sólo contiene claras expectativas frente a nosotros mismos, sino que representa una promesa de comportamiento responsable ante nuestros consejeros y nuestras empresas afiliadas, y a favor de los clientes de éstas y de la sociedad en general.
Juntos somos responsables de la reputación de nuestro CNSP y de cada una de nuestras empresas prestadoras de servicios de seguridad privada.
Es conveniente hacer hincapié en que el comportamiento inadecuado de algunas personas puede tener consecuencias muy negativas para todos nosotros y para nuestro sector. Por tanto, se exhorta a nuestros consejeros y afiliados se utilice este código como regla de conducta para nuestro comportamiento diario en el ejercicio profesional de la Seguridad Privada.
Por este código se exhorta a todos los consejeros y afiliados del CNSP a conducirse sustancialmente bajo los presentes conceptos éticos que demanda el cumplimiento de nuestras actividades, tomando en consideración que lo más importante de éstas es la ayuda, asesoría y defensa de sus asociados en el sector de la seguridad privada; así como contribuir en el mejoramiento de las condiciones generales de seguridad privada para la sociedad mexicana y lograr una plena participación de nuestro sector a nivel gubernamental.
Por virtud de lo anterior, se plantean los presentes criterios, marcos o estándares mínimos de cumplimiento durante la prestación de servicios de seguridad privada por parte de las empresas afiliadas al CNSP, el objetivo es que sirva como referencia para garantizar que la operación y actividades desplegadas para la prestación de estos servicios se adecuen y respeten el estado de derecho, los Derechos Humanos, protejan los intereses de sus clientes, así como para que se adopten medidas mínimas destinadas a establecer y preservar una marco eficaz y transparente de gestión interna en las empresas afiliadas que ayude a concretar los principios antes citados, así como a contribuir a que el mercado o sector de la seguridad privada oriente y mejore sus operaciones y procedimientos internos, hasta alcanzar un alto nivel en el profesionalismo de los servicios de seguridad privada que presten las empresas afiliadas al CNSP, y en general del sector.
Alcances
El presente Código de Conducta es de aplicación general para todos los Consejeros y las empresas afiliadas al CNSP, asimismo, vincula al personal de seguridad que labore para éstas.
Objetivos
De manera enunciativa, más no limitativa:
En virtud de lo anterior, se exponen las siguientes reglas de integridad de aplicación general a los Consejeros y las empresas afiliadas:
El CNSP cumple con los principios éticos que se describen a continuación para establecer relaciones duraderas y de alto desempeño con sus consejeros y afiliados:
El CNSP exige el cumplimiento de los principios éticos que se describen a continuación para establecer relaciones duraderas y de alto desempeño en su relación con el CNSP, con el resto de los consejeros y afiliados al mismo y con los clientes prestatarios de los servicios de seguridad privada.
El presente Código de Conducta es de aplicación general para todos los Consejeros y las empresas afiliadas al CNSP, asimismo, vincula al personal de seguridad que labore para éstas:
El cumplimiento de las normas y disposiciones legales es el principio base de un comportamiento responsable. Por eso los consejeros y afiliados deben respetar en todo momento las prohibiciones vigentes y por eso los consejeros y afiliados deben cumplir sus obligaciones legales, aun cuando ello conlleve desventajas a corto plazo o dificultades para la empresa o para personas determinadas.
El personal de los consejeros y afiliados guardará rigurosa reserva profesional sobre los hechos que conozca en el ejercicio de sus servicios, especialmente de las informaciones que reciba en materia la privacidad de los clientes de los consejeros y afiliados y de los datos de carácter personal que deba tratar, investigar o custodiar, y no podrá facilitar datos sobre dichos hechos más que a las personas legalmente autorizados y legitimados para ello.
Cualquier conducta contraria a este Código, debe ser denunciado a los órganos internos del CNSP